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Entérese usted…

Posted on : 29-11-2008 | By : Omar | In : General

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Ayer viernes 28 tuve oportunidad de estar en una importante reunión sobre intercambio de experiencias de intervención con adolescentes en situación de vulnerabilidad y con niños y niñas en explotación sexual, estaban representantes de la Policia Nacional, Defensoria del Pueblo, Instituciones que promocionan la educación sexual y estilos de vida y conductas sexuales saludables, además de cuatro personas representantes de los medios de comunicación (por lo visto no hay interés en este importante sector de la sociedad).

Estas instituciones trabajan con población HSH (hombres que tienen sexo con hombres),ESCI (Explotación sexual y comercio infantil) especialmente; esta reunión sirvió para que los miembros de medios de comunicación nos hiciéramos las autocríticas respectivas: no se difunde de manera efectiva, falta educarse en estos temas para poder informar de manera objetiva, en casos de violaciones, violencia familiar se fomenta el morbo, el escándalo antes de tomarlo como un problema serio y latente, falta de un lenguaje adecuado para llegar a la población.

¿Qué es abuso infantil?

-Es toda actividad sexual realizada con niños,niñas y adolescentes a través de engaños, chantaje o a la fuerza.Se debe entender que el abuso sexual ES UN DELITO y estas acciones son consideradas “abusivas” debido a que las víctimas , por su edad y desarrollo, no pueden comprenderlas totalmente y no están preparadas para dar su libre consentimiento.

¿Cómo identificar un caso de abuso sexual infantil?

.Temor reciente hacia una persona (padre, hermano,tío).

.Reacción anormal cuando se le pregunta si alguien le ha tocado.

.Cambios en los hábitos de dormir o pesadillas en los niños pequeños.

.Secreción inusual del ano o la vagina.

.Depresión o aislamiento.

.Bajo rendimiento escolar.

.Agresividad poco común.

El Código Penal sanciona el abuso sexual infantil (revisar la Ley 28704)

Pautas importantes para presentar una denuncia:

.Presentar la denuncia en la comisaria del sector o en la fiscalia de familia o penal.

.La denuncia puede hacerse de manera verbal o por escrito con un documento de identidad.

.No es importante que la víctima presente huellas visibles de abuso.

.No es necesario acudir con un abogado.

Otro problema muy visible en nuestra sociedad pero que dejamos pasar  es la “Trata de personas con fines de explotación laboral de niños, niñas y adolescentes”, problema que abarca aspectos políticos, económicos,sociales y, por supuesto, de derechos humanos que no distingue edad, sexo o actividad económica.Es el aprovechamiento de la labor de un niño, niña o adolescente para el beneficio de un adulto (padres de familia, vecinos, autoridades u otras).Según el Convenio 29 de la OIT, servicio forzado es cuando se exige a un menor de edad a realizar una actividad bajo amenaza de una pena cualquierapara el cual el menor no se ofrece “voluntariamente”.Se han detectado sometimientos a explotación laboral en :la agricultura,la tala de madera, minería, fábricas y sevicio doméstico. La ley 28950, publicada en El Peruano el 16 de enero de 2007, es la ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes (recomiendo su revisión y lectura).

Lugares donde se puede denunciar este delito:

.Ministerio Público (Fiscalias).

.Comisarias.

.DEMUNA.

De todos depende que mejoremos como sociedad.

OMAR PEIXOTO VALDEZ.

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